REFORMA JUDICIAL EN CLAVE PERONISTA

*Por Eugenia Ramos

Los peronistas sabemos que las revoluciones en épocas de democracia se hacen a través de las instituciones.

Proponemos, por tanto, mirar las cosas desde una nueva perspectiva. Dejar de lado las actitudes de revancha o resentimiento respecto de algunos funcionarios judiciales y centrarnos en lo que importa: volver a un Estado Federal presente, que promueva la justicia social, la soberanía política y la independencia económica. Un Poder Judicial que se circunscriba a una perspectiva de Estado de Bienestar como se lo pensó desde la creación del Movimiento Peronista.

Cuando el Estado Federal se conformó constitucionalmente, el mecanismo lógico fue el siguiente: los estados provinciales —“… con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad…”, conforme al Preámbulo de la Constitución Nacional— delegaron en el Estado Nacional atribuciones que permitieran garantizar que el cumplimiento de los principios constitucionales fuese resguardado, ya sea a través del dictado de normas nacionales, la ejecución de esas normas y el control sobre el cumplimiento de los Principios Constitucionales que esas normas contengan.

El Poder Judicial de la Nación es —según el artículo 108 de la Constitución Nacional— “…ejercido por una Corte Suprema de Justicia, y por los demás tribunales inferiores que el Congreso estableciere en el territorio de la Nación”. Es ella la que tiene el deber de custodiar férreamente los principios receptados en nuestra Constitución Nacional. Y esos principios pueden ser, entre otros, el derecho a un juicio justo, a la vivienda digna, a la educación gratuita, a los derechos laborales y a un medioambiente sano.

Nosotros vivimos en un Estado Federal, no en una Confederación, y eso hace una gran diferencia porque al ser una Federación tendría que haber una uniformidad en la aplicación de los criterios jurisprudenciales en todo el país. Ello no es así hoy. Lamentablemente, desde que el neoliberalismo llegó con su mirada individualista y privatizadora, los Estados Provinciales cada vez se comportan más como feudos que como provincias de un mismo Estado. Por lo tanto, cada circunscripción alza su reino y sus propios principios, y lo que se ve es un abandono casi completo de la custodia de esos principios constitucionales por parte del Estado Federal.

En términos prácticos, ello se traduce en que cada provincia hace lo que quiere con los principios del derecho laboral, con el derecho a la vivienda digna, el derecho a la salud y tantos otros.

Cuando el artículo 116 de la Constitución Nacional dice que “corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes de la Nación…”, está hablando de lo que significa ser un estado Federal. Esa norma constitucional, pese a pertenecer a una Constitución Nacional de características liberales, pone de relieve que es la Justicia Nacional la que debe resguardar el cumplimiento de los Principios Constitucionales.

Ello es porque cuando nació nuestra constitución los liberales de aquel momento no discutían que el derecho a la salud, a la educación y a la justicia eran derechos que debían garantizarse en todo el territorio de la República Argentina (razón por la cual consideramos inconstitucionales muchas de las leyes de provincialización en materia de educación, salud, recursos naturales, etcétera).

Más adelante, luego de que el peronismo tuviese lugar en nuestra historia, se agregaron otros principios constitucionales como el de derecho a la vivienda digna o los derechos laborales que fueron anexados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Esto fue así porque el gobierno golpista de “La Fusiladora” derogó la Constitución Argentina del ‘49 y restableció la constitución de 1853. Como ya no se podían soslayar muchos de los derechos consolidados durante el peronismo, los golpistas tuvieron que agregar a la Constitución Nacional el artículo 14 bis.

Pero, con el advenimiento del totalitarismo neoliberal, es tan profundo el lavado de cabeza que hemos padecido entre golpes de Estado y gobiernos neoliberales, que cuando analizamos alguna temática lo hacemos, por lo general, desde un lugar ya ganado por el neoliberalismo. Entonces pensamos nuestro país desde una mirada privatista, individualista. Nos cuesta repensarnos desde una perspectiva peronista.

En consecuencia, lo que proponemos es volver a pensarnos como una Federación. Concretamente, la federalización de los derechos. No sólo desde su enunciado, sino con la premisa de que la justicia sea, realmente, una sola.

Los Estados Provinciales, en la práctica, se comportan como compartimentos estancos, como feudos con tradición jurisprudencial propia. Ejemplo de ello es la diferente manera en que se trata un caso laboral en la Provincia de Jujuy y en Capital Federal.

Esa abrumadora diferencia de criterios es una clara muestra de cómo hemos dejado, poco a poco, de reconocernos en nuestra calidad de Estado Federal. Creando una brecha cada vez mayor entre la protección de derechos fundamentales en uno y otro distrito. Tanto así, que muchas provincias se manejan como feudos a los que los principios constitucionales no llegan.

Por ello, en lugar de propiciar la ordinarización del Poder Judicial en Capital Federal, proponemos que haya justicia federal especializada de todos los fueros en cada provincia, en cada municipio, y que, en lugar de abandonar los derechos en tribunales ordinarios, cada vez se incorporen más materias a la justicia federal. La Justicia Federal no sólo entiende en cuestiones penales. Debería también ocuparse del derecho a la vivienda, de los derechos laborales, del resguardo de derechos personalísimos como son el de la identidad o el de acceso a la salud. Controlar la uniformidad de criterios jurisprudenciales será más probable con un Poder Judicial realmente federal.

Por ello, tendríamos que pensar en una práctica de federalización de los derechos constitucionales y que sólo queden en manos de la justicia ordinaria (provincial) aquellas en las que las partes se encuentran en igualdad de condiciones y no exista ningún tipo de desequilibrio de poder entre las partes. Por ejemplo: una cuestión contractual entre iguales. Pero cuando hablamos de contratos de trabajo, de contratos de alquiler o violencia doméstica, estamos hablando de conflictos en los que una de las partes se encuentra en una clara situación de desventaja donde hay un poder absolutamente desigual y es fundamental el resguardo de los derechos constitucionales.

Por ello, deberían existir más juzgados federales de familia, de trabajo, de seguridad social en cada provincia y no, como ocurre hoy en la mayoría de los casos, que un juez federal entiende en todas las temáticas al mismo tiempo, como pasa en casi todas las provincias.

Hay muchas cuestiones que deberían ser resguardadas de manera uniforme.

Por otra parte, sería muy importante que los que concursan para cargos de secretarios o jueces en cualquier lugar del país puedan hacerlo para ejercer en más de un lugar. Así se evitaría la concentración de causas federales y funcionarios en la ciudad de Buenos Aires.

Por supuesto que aquí no se agotan las propuestas en lo que respecta a la justicia, pero eso, compañeros, lo dejamos para los próximos artículos.


*Abogada


Publicado en: Revista de Frente

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