CASO MALDONADO: ORDENAN REABRIR LA CAUSA E INVESTIGAR EL ABANDONO DE PERSONA

Lo hizo una cámara de Comodoro Rivadavia, que cuestionó al juez Lleral por haber investigado únicamente la desaparición forzada.


La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia ordenó reabrir la investigación por la muerte de Santiago Maldonado -que había sido archivada por el juez de Rawson Gustavo Lleral- para que se indague sobre el posible abandono de persona, un hipotético delito que según el tribunal no se tuvo en cuenta.


El fallo de la Cámara apunta a determinar si los gendarmes que participaron del operativo para desalojar una manifestación de un grupo mapuche o los mismos compañeros de Maldonado cometieron el delito de abandono de persona, una posibilidad que Lleral no siguió en la investigación ya que se concentró en la desaparición forzada.

"Consideramos que se investigó una única hipótesis delictiva -aquí definitivamente descartada- sin que haya sido objeto de valoración y pronunciamiento algún posible nexo causal entre cualquier omisión de personal de Gendarmería o de quienes se introdujeron en el río con Maldonado", dice el fallo.


El tribunal (integrado por Javier Leal de Ibarra, Aldo Suárez y Hebe Corchuelo de Huberman) revocó el cierre de la causa dispuesto por Lleral y le ordenó que avance con una serie de medidas de prueba para determinar las circunstancias en que se produjo el hecho. Asimismo, revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú, que fue el principal sospechoso de la muerte de Maldonado.

El fallo implica un revés para el gobierno de Macri, que celebró el año pasado el cierre de la causa y el sobreseimiento de Echazú, aunque también un alivio porque la Cámara reafirma que no existió la desaparición forzada o que los gendarmes hubieran matado al joven.

"Los resultados de la autopsia anularon prácticamente la posibilidad de sostener cualquier accionar doloso" por parte de los gendarmes, indica el texto. "La autopsia reveló datos concretos que contribuyen a desestimar la intervención directa de terceras personas en la muerte de Santiago Maldonado. Sus ropas no presentaban desgarros, roturas, ni signos de arrastre, erigiéndose en un dato relevante la ausencia de lesiones externas (ni contusas, ni cortantes, ni penetrantes), ni signos compatibles con medidas de sujeción. Por su parte tanto el estudio radiológico como el examen corporal interno, permitieron descartar la presencia de lesiones traumáticas", agregan los camaristas.

Los jueces coinciden con Lleral en que la "hipótesis más probable" es que Maldonado haya muerto por "asfixia por sumersión" y que "el cuerpo haya permanecido desde su desaparición en el medio acuático", pero le exigen al juez de primera instancia que tome nuevas medidas de prueba para "despejar cualquier duda".


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