EL SUEÑO DE MI VIDA ; SER UN BLOGERO K

(*) LIC. PABLO VAZQUEZ

El Señor Periodista y Profesor Don Carlos Reymundo Roberts publica en la edición impresa del 13 de agosto de 2010 del diario "La Nación" un artículo titulado "El sueño de mi vida: ser un bloggero K" Transcribo a continuación mi respuesta al periodista precedentemente citado. por Miguel Núñez Cortés Carlos Reymundo Roberts

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anterior | Viernes 13 de agosto de 2010 | Publicado en edición impresa Señor Periodista y Profesor Don Carlos Reymundo Roberts.

Dice usted en una parte de su artículo: “[…] En mi intención de ser algún día uno de esos soldados, me lleno de preguntas. ¿Quién los comanda? ¿Cuántos son? ¿Cómo los reclutan? ¿Cuál es el mínimo de horas que hay que servir a la causa? Y el gran tema: OK, acepto que no reciben un peso, que es vocacional, que es espontáneo, pero ? ¿ alguien podría decirme a cuánto asciende ese sueldo que no cobran? […]” De su extenso artículo publicado en el diario La Nación – periódico del que soy lector desde hace muchos años – he extraído el párrafo que precede estas líneas y el que me parece debe ser respondido. Pero me quiero detener unos segundos en su “perfil”, adjunto al artículo. Es usted Prosecretario General de Redacción de LA NACION. Egresado de la Escuela de Periodismo del Círculo de la Prensa, cursó estudios de posgrado en la Facultad de Comunicación de la Universidad de Navarra (Pamplona, España). Es director del Máster en Periodismo de LA NACION y la Universidad Torcuato Di Tella, donde dicta la materia Redacción Periodística. Fue profesor titular de la cátedra Géneros y Estilos Informativos de la Facultad de Comunicación de la Universidad Austral y de la cátedra Introducción al Periodismo de la Universidad Torcuato Di Tella. Su interés por desentrañar aspectos misteriosos de la actividad de quienes manifiestan en Internet su posición política, merecería que usted llevara a la luz esa continuidad ideológica y religiosa que se manifiesta a través de su formación en la Facultad de Comunicación de la Universidad de Navarra (Pamplona, España) y su docencia en la Facultad de Comunicación de la Universidad Austral. Usted entiende y yo también. Y si no entiende, se lo aclaro. Pasemos entonces a tratar de desentrañar el núcleo central de su interrogante: “[…] Y el gran tema: OK, acepto que no reciben un peso, que es vocacional, que es espontáneo, pero ? ¿ alguien podría decirme a cuánto asciende ese sueldo que no cobran? […]” Aunque yo no soy “bloggero”, pero sí lector de estas nuevas formas de hacer periodismo, quiero enumerar algunos de los motivos que usted – quizás por su edad, quizás por su formación sesgada, quizás por que le ocultaron parte de la historia – no pudo conocer. Precisamente “no recibir un peso, ser vocacional, ser espontáneo” está fuertemente ligado con otra aseveración suya: “¿a cuánto asciende ese sueldo que no cobran? El sueldo que no cobramos – me incluyo aunque no sea “bloggero” – es el pago que recibimos por algunas deudas que la historia de los argentinos tiene con los que formamos parte del Movimiento Nacional y Popular: 1°. Bombardeo a Plaza de Mayo el 16 de junio de 1955, con centenares de muertos entre adultos y niños. Tengo la lista completa si usted la necesita. 2°. La “desaparición” del cadáver de Eva Perón. La primera desaparecida. 3°. Los fusilados el 9 de junio de 1956, en los basurales de José León Suárez y en la Penitenciaría Nacional. 4°. El Decreto Ley N° 4161, del 5 de marzo de 1956, publicado en el Boletín Oficial 9/3/1956, donde entre alguno de sus “vistos y considerandos” se señala: Visto el decreto 3855/55 (6) por el cual se disuelve el Partido Peronista en sus dos ramas en virtud de su desempeño y su vocación liberticida, y Considerando: Que en su existencia política el Partido Peronista, actuando como instrumento del régimen depuesto, se valió de una intensa propaganda destinada a engañar la conciencia ciudadana para lo cual creo imágenes, símbolos, signos y expresiones significativas doctrinan artículos y obras artísticas. Por ello, el presidente provisional de la Nación Argentina, en ejercicio del Poder Legislativo, decreta con fuerza de ley Art. 1º Queda prohibida en todo el territorio de la Nación La utilización, con fines de afirmación ideológica Peronista, efectuada públicamente, o propaganda Peronista, por cualquier persona, ya se trate de individuos aislados o grupos de individuos, asociaciones, sindicatos, partidos políticos, sociedades, personas jurídicas públicas o privadas de las imágenes, símbolos, signos, expresiones significativas, doctrinas artículos y obras artísticas, que pretendan tal carácter o pudieran ser tenidas por alguien como tales pertenecientes o empleados por los individuos representativos u organismos del Peronismo. Se considerará especialmente violatoria esta disposición, la utilización de la fotografía retrato o escultura de los funcionarios Peronistas o sus parientes, el escudo y la bandera peronista, el nombre propio del presidente depuesto el de sus parientes las expresiones “peronismo”, “peronista”, “ justicialismo”, “Justicialista”, “tercera posición” la abreviatura PP. , las fechas exaltadas por el régimen depuesto las composiciones musicales “Marcha de los Muchachos Peronista” y “Evita Capitana” o fragmentos de las mismas, y los discursos del presidente depuesto o su esposa o fragmentos de los mismos. La utilización, por las personas y con los fines establecidos en el inciso anterior, de las imágenes, símbolos, signos, expresiones significativas, doctrina artículos y obras artísticas que pretendan tal carácter o pudieran ser tenidas por alguien como tales creados o por crearse, que de alguna manera cupieran ser referidos a los individuos representativos, organismos o ideología del Peronismo. La reproducción por las personas y con los fines establecidos en el inciso a), mediante cualquier procedimiento, de las imágenes símbolos y demás, objetos señalados en los dos incisos anteriores. Art. 5º - Comuníquese, etc. – Aramburu – Rojas - Busso – Podestá Costa – Landaburu – Migone. – Dell´Oro Maini – Martínez – Ygartúa – Mendiondo – Bonnet – Blanco – Mercier – Alsogaray – Llamazares – Alizón García – Ossorio – Arana – Hartung – Krause. 5°. El Plan CONINTES. Hacia mediados de 1959, las distintas medidas de fuerza organizadas por los sindicatos durante del gobierno del presidente Frondizi, hace que éste se decida por la represión aplicando el Plan CONINTES (Conmoción Interna del Estado), que permitía declarar zonas militarizadas a los principales centros o ciudades industriales y autorizaba allanamientos y detenciones. De esta forma, muchos gremios fueron intervenidos. 6°. Represión en el Frigorífico Lisandro De La Torre. 7°. El gobierno radical del Dr. Arturo Illia, que gana las elecciones con un 23% de los votos ante la eterna proscripción del peronismo, interrumpe el retorno del General Perón a la Argentina en 1964, negociando Miguel Ángel Zavala Ortiz, su canciller, con el gobierno militar del Brasil, deteniendo el vuelo en el aeropuerto del Galeao y retornándolo a España. 8°. Por no haber podido votar libremente y sin condicionamientos desde el 16 de setiembre de 1955 hasta el 11 de marzo de 1973. Fueron 18 años de proscripción y persecuciones a obreros, estudiantes e intelectuales. Y me detengo en 1973, pues la siguiente etapa tiene ya muchos estudiosos dedicados a comprender lo incomprensible. Señor Periodista y Profesor Don Carlos Reymundo Roberts: Los que hoy tenemos 60, 70 años, testigos de aquella épocas de oprobio, vemos con satisfacción como nuestros hijos y nietos reivindican a través de los “blogger”, democráticamente, al más grande movimiento nacional y popular de occidente. Le reitero: El sueldo que no cobramos es el pago que recibimos por algunas deudas que la historia de los argentinos mantiene con nosotros.

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